Abogada y académica dedicada a construir puentes entre el derecho, la justicia y la seguridad internacional. Mi trabajo nace de la convicción de que el conocimiento jurídico debe ponerse al servicio de las personas y de un orden internacional más justo.
Doctora en Derecho (CUME), Magíster en Derechos Humanos y Globalización (UOC), Estudios Avanzados en Terrorismo (UNIR), Abogacía Internacional (UCAM), Gestión de Relaciones Internacionales y Diplomacia Estratégica (UTAMED) y Análisis e Investigación Criminal (TECH). Licenciada en Derecho Internacional (UTEL). Especialista en Derecho Internacional Humanitario y Justicia Penal Internacional (UOC) y en Derecho Penal Internacional (IINEJ). Más de 15 años trabajando en organismos internacionales en áreas de decisión sobre asuntos políticos, seguridad y jurisprudencia internacional. Actualmente enfocada en la producción académica, la investigación jurídica y la docencia, con especial interés en el derecho internacional humanitario, la justicia penal internacional y el análisis de la seguridad global. Socia fundadora y directora ejecutiva de ThreatBrief. Consultora independiente de organismos internacionales. Editora responsable de Orbis Iuris. Directora del área jurídica de International Lawyer US. Miembro de la American Bar Association (ABA), la International Association of Genocide Scholars (IAGS), la International Law Association (ILA) y la American Society of International Law (ASIL).
UNIR — Universidad Internacional de La Rioja
UCAM — Universidad Católica San Antonio de Murcia
UOC — Universitat Oberta de Catalunya
CUME — Centro Universitario Metropolitano de Campeche
UTEL — Universidad Tecnológica Latinoamericana
Corte Penal Internacional (CPI)
International Lawyer US
Comité académico y de investigación en derecho internacional
El derecho internacional no ha sido derogado. Ha sido desobedecido delante de todos. Nunca hubo tantas normas escritas sobre la conducción de la guerra, ni tan ratificadas, ni tan detalladas. Y nunca fue tan visible su incumplimiento. Este ensayo pregunta por qué, y responde que el problema no está en el texto de las normas sino en el precio de romperlas.
¿Qué puede hacer usted con su título de Derecho en Estados Unidos? Más de lo que imagina, y con menos obstáculos de los que teme. El mercado legal estadounidense es el mayor del mundo y el más abierto a perfiles internacionales, no por generosidad sino por necesidad. Pero la información para orientarse en él está dispersa, desactualizada o escrita para otro lector.
Estudio comparado de cuatro situaciones ante la CPI — Ucrania, Gaza, Sudán y Filipinas — que muestra cómo la cooperación estatal, la presión política y la atención mediática condicionan la eficacia del Estatuto de Roma y generan un patrón de selectividad judicial.
Análisis del marco jurídico fragmentado del Ártico: reclamaciones superpuestas de plataforma continental bajo la CONVEMAR, el estatuto disputado de las rutas marítimas, la presencia china y los derechos de los pueblos indígenas.
Trabajo de Fin de Máster que sostiene que el dolo del artículo 8(2)(b)(xxv) del Estatuto de Roma recae sobre la privación de bienes indispensables para la supervivencia y no sobre la producción de una hambruna, y propone la notificación humanitaria cualificada —definida por cinco requisitos acumulativos— como medio de acreditar el conocimiento exigido por el artículo 30(3).